La lucha comenzó mucho antes…
Por Alejandro Quiroga
En la década del 90’, la asociación Gays por los Derechos Civiles dirigida por Carlos Jáuregui intentó impulsar una ley de Matrimonio Civil para las parejas del mismo sexo, pero sin resultados positivos. Se volvió a la carga el 11 de Diciembre de 1998 cuando fue presentado un proyecto en la Cámara de Diputados por Laura Musa, fundamentado por la Sociedad de Integración Gay Lésbica Argentina (SIGLA), que otorgaba derechos a nivel nacional a las parejas del mismo sexo. El proyecto no fue tratado y al perder estado parlamentario fue vuelto a presentar por la diputada Margarita Stolbizer el 23 de Marzo de 2000, con nuevas presentaciones en los años 2002 y 2004 por la diputada Laura Musa nuevamente.
El 19 de mayo de 2003, el gobierno porteño de Aníbal Ibarra reglamentaba las “Uniones Civiles” sin distinción de sexo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convirtiéndose en el primer distrito de América Latina en legalizar este derecho y dando lugar a esta reivindicación larga y trabajosa de organizaciones por los derechos civiles, de esta manera se iniciaba un lento camino el Matrimonio Igualitario.
La norma había sido aprobada el 12 de diciembre del año anterior en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, tras un largo debate que se inició cuando la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) presentó el proyecto. En términos reales, esta institución tenía alcances mucho más modestos que los del matrimonio, pero sirvió de base para que la lucha por los derechos igualitarios continuara. La reglamentación permitía uniones de hecho entre personas de distinto o del mismo sexo, lo que permitía continuar el camino de lucha por el reclamo por el Matrimonio Igualitario a nivel nacional.
Además, este puntapié sirvió para que otras organizaciones de la sociedad civil de otras ciudades reclamaran un trato igualitario, así avanzaron con esta normativa la provincia de Río Negro que aprobó la ley de Unión Civil, y luego lo hicieron las ciudades de Carlos Paz y Río Cuarto, en la provincia de Córdoba.
En 2005 la CHA presentó el proyecto de Unión Civil Nacional en el Congreso. En este proyecto se incorporan todos los derechos (pensión, patria potestad compartida y adopción, herencia, beneficios previsionales y de obra social, etc.) para todas las parejas de distintos y del mismo sexo, con un régimen diferente al Matrimonio, con menor injerencia del Estado, ya que no regula la necesidad de monogamia, ni del contrato conyugal, ni la anulación del contrato por la existencia de ciertas condiciones físicas y de salud, entre otros cuestionamiento a la institución matrimonial. Este proyecto perdió estado parlamentario al siguiente año por la falta de su tratamiento.
En el 2007 se insistió con la presentación en la Cámara de Diputados de la Nación de un proyecto de ley de matrimonio entre personas del mismo sexo, redactado e impulsado por el diputado socialista Eduardo Di Pollina, con la colaboración de la diputada del ARI Marcela Rodríguez, y contó también con la firma de Silvia Augsburger (PS); Miguel Bonasso (Diálogo por Buenos Aires); Remo Carlotto, Héctor Recalde, Araceli Méndez de Ferreyra, Nora César, Marta De Brasi, Luis Ilarregui y Santiago Ferrigno (Frente para la Victoria); Eduardo Macaluse, Marta Maffei, Fabiana Ríos, Leonardo Gorbacz, Carlos Raimundi y Delia Bisutti (ARI); María del Carmen Rico (Peronismo Federal); Norma Morandini (Partido Nuevo de Córdoba); Claudio Lozano (Juntos por Buenos Aires); Alicia Tate (UCR) y Carlos Tinnirello (Redes), generando un importante abanico que cortaba transversalmente la composición político del Congreso, y ponía en la discusión pública la temática.
En octubre de 2007, la senadora nacional por la Ciudad de Buenos Aires, Vilma Ibarra, presentó un proyecto de Ley en el Senado para legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo y la adopción por parte de parejas homosexuales. El proyecto, similar al presentado en Diputados por Di Pollina y Ausburguer, llevó el debate a la Cámara Alta, por lo que ya existen reclamos por este derecho en ambas cámaras legislativas y en la Justicia. La iniciativa modifica el artículo 172 del Código Civil de la Nación, y quedaría redactado de la siguiente manera:
“Es indispensable para la existencia del matrimonio el pleno y libre consentimiento expresado personalmente por los contrayentes ante la autoridad competente para celebrarlo. El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos, con independencia de que los contrayentes sean del mismo o de diferente sexo”.
.Que pasaba en el plano internacional:
A nivel internacional, Holanda ya en 1998 legalizaron la una unión civil abierta a los homosexuales y, en abril de 2001, fue el primer país que autorizó el matrimonio de parejas del mismo sexo, con las mismas obligaciones y derechos a los de los heterosexuales, entre ellos la adopción. En Bélgica donde el matrimonio homosexual fue legalizado para junio de 2003 y en 2006 obtuvieron el derecho de adopción. En España, el gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero en 2005 promulgo la ley el matrimonio entre personas del mismo sexo, que incluía la posibilidad de adopción. Canadá dictó una ley sobre el matrimonio de parejas homosexuales y derecho de adopción entró en vigencia en julio de 2005. Por su parte, Sudáfrica se convirtió en el primer país africano en legalizar la unión entre dos personas del mismo sexo por "casamiento" o "unión civil", donde estipulan que las parejas homosexuales también pueden adoptar. Noruega, recién en enero de 2009 estableció la igualdad de derechos entre homosexuales y heterosexuales, incluyendo el matrimonio, la adopción y la fecundación asistida. En 1993 había adoptado una ley de unión civil. Por su parte, en Suecia la ley permite a las parejas homosexuales el matrimonio, incluso el religioso, desde mayo de 2009. Pero en 1995 ya había autorizado una unión civil y en 2003 el derecho de adopción. En Portugal, por ley se modificó la definición de matrimonio al suprimir la referencia a "de diferente sexo", pero excluye el derecho a adoptar, la mencionada modificación se produjo en junio de 2010. Islandia autorizó el matrimonio homosexual el junio de 2010, aunque la adopción había sido autorizada ya en 2006. El décimo país en instituir el Matrimonio Igualitario a nivel mundial fue Argentina, y el primero en hacerlo en América Latina, fue un 15 de julio de 2010.
Avanzando con la Ley de Matrimonio Igualitario
A principios de 2009, Alex Freyre, que venía militando por la defensa de los derechos del colectivo desde 2005 junto a la Federación Argentina LGBT, y su pareja en aquel entonces José María Di Bello, se propusieron hacer lo que "muchas parejas habían intentado, pero no habían podido lograr que era casarse como cualquier pareja heterosexual". Ambos concurrieron a un registro civil de la ciudad de Buenos Aires a solicitar turno para contraer matrimonio, sabiendo que el mismo les iba a ser negado, pero fue un plan estratégico. “Fuimos con un escribano para que deje sentado el acto de discriminación", recordó Freyre, que apuntó que además ese día estuvieron acompañados de familiares, amigos y compañeros del colectivo.
La pareja presentó a la justicia porteña un "amparo" en los tribunales en lo Contencioso y Administrativo, y ocho meses después la jueza Gabriela Seijas resolvió aprobando el matrimonio entre Freyre y Di Bello.
"Fue la primera vez en el mundo que una sentencia de primera instancia permitía el matrimonio igualitario, de hecho ese fallo se toma como 'leading case' y se enseña hoy en las universidades de derecho", aseguró Freyre y agregó que "ese no era el fin del cuento" ya que le tocaba al Gobierno de la Ciudad, en ese entonces con Macri a la cabeza, decidir si apelaba o no la sentencia.
Era noviembre de 2009 y había mucha "presión social", en ese entonces, se había instalado en el debate púbico la temática y frente ante este hecho, Macri, que gobernaba en base a las encuestas no apelo, quedando firme la sentencia.
La pareja decidió casarse el 1 de diciembre, Día Mundial de la Lucha contra el SIDA, pero ya en el registro civil, con amigos, familiares y medios de comunicación de distintas partes del mundo, llegó una orden de la jueza Marta Gómez Alsina que se contrapuso al fallo de la Dra. Seijas, por lo que quedaba en manos del gobierno porteño desconocer este segundo fallo, pero Macri presionado por la Iglesia no lo hizo.
El 10 de diciembre, Día de los Derechos Humanos, la CHA presentó la inscripción en Argentina del matrimonio celebrado por dos de sus activistas, César Cigliutti y Marcelo Suntheim, en España. Pero el Matrimonio no fue reconocido por la justicia Argentina.
El 23 de febrero de 2010 la jueza Elena Liberatori, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 4 de la Ciudad de Buenos Aires, hizo lugar a una acción de amparo y ordenó que el Registro Civil porteño autorice el matrimonio entre Damián Bernath y Jorge Salazar Capón. El mismo se realizó el 4 de marzo de 2010, aunque el 9 de marzo el magistrado Félix Igarzábal ordenó anular ese contrato y devolver la libreta, decisión apelada luego por abogados de la Federación LGTB.
El 16 de marzo de 2010 la CHA, con la firma de Diana Conti (FpV), presentó otro proyecto como consejo de reforma del matrimonio, que incluye la derogación del artículo 198, sobre la obligación a ser fiel o el artículo 199 que obliga a convivir bajo el mismo techo. También del artículo 166 inciso 9 que pone a la “sordomudez” como impedimento para contraer matrimonio; el artículo 169, inciso 3 y 4 que pone a la enfermedad contagiosa o la conducta inmoral o la falta de medios para la subsistencia como impedimentos para llegar al matrimonio. Además, plantea la modificación de los artículos que impiden la disolución del contrato por la expresa solicitud de una de las partes.
Siguiendo con esta secuencia de sucesos y peripecias, el 6 de abril de 2010 el juez Guillermo Scheibler aprobó el matrimonio entre Martín Canevaro y Carlos Álvarez. Luego, el matrimonio entre Norma Castillo y Ramona “Cachita” Arévalo se convirtió en el primero entre mujeres en el país, celebrado el 9 de abril de 2010. El 17 de abril la jueza Martha Gómez Alsina declaró “nula” la ceremonia y se les exigó entregar la libreta matrimonial, fallo, que a la vez fue interpelado por el abogado Gustavo López (Inadi y Falgtb).
El rol del Poder Ejecutivo en el 2010, con la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, no sólo no ignoró esta cuestión, sino que hizo de ella "un compromiso muy personal", al punto, cuentan en el anecdotario, de viajar a China con dos senadoras "que estaban en contra del proyecto de ley para que no pudieran votar”, recuerda Borrillo, quien además asesoró a los promotores de la ley. Por otro lado, los debates que precedieron a la votación de la ley de matrimonio gay, primero en la Cámara de Diputados y luego en el Senado, fueron relativamente cortos.
Por su parte, los sectores conservadores opositores al gobierno afirmaron que el impulso a la ley por parte del gobierno resultaba oportunista, cabe recordar que tanto la presidencia de Cristina Fernández como la de Néstor Kirchner hicieron de la defensa de los derechos humanos una de sus principales políticas de Estado. Se trata de un gobierno progresista y, en este contexto, la aprobación de la ley de matrimonio gay fue totalmente congruente con su programa político, concibiendo a los derechos sexuales como derechos humanos.
La votación en la cámara de diputados fue la siguiente, sobre 257 votantes, 126 votaron por la afirmativa, 110 votaron negativamente y 4 se abstuvieron, la votación atravesó transversalmente a todos los bloques mayoritarios, como luego también sucedería en el Senado. El 15 de Julio de 2010, con 33 votos a favor, 27 en contra y 3 abstenciones, el Senado convirtió en Ley el Matrimonio Igualitario, el cual posibilitó a que las personas homosexuales puedan casarse en nuestro país contando con los mismos derechos que los heterosexuales. Es por esta razón que en esta fecha se celebra el Día de la Igualdad en Argentina. Mientras cada uno de los senadores daba su voto y explicaba sus razones, un gran número de personas se reunió en la puerta para escuchar en vivo y en directo el resultado de la votación.
¿Qué paso durante el Macrismo?
En principio podemos decir que desde el Ejecutivo se envió al Congreso el 12 de junio de 2017 un proyecto sobre las “libertades religiosas” que ponía en peligro, tanto la educación sexual como el matrimonio igualitario. Sin tener en cuenta las visiones de los afectados, ni los 15000 matrimonios casados hasta 2016. Por este hecho, Amnistía Internacional le envió una carta a Macri manifestandole su preocupación frente al proyecto.
Sobre el proyecto, la organización de Derechos Humanos advierte por el artículo 7 del proyecto. "Este apartado proclama de manera explícita el derecho a la objeción de conciencia, de las personas y de las instituciones. Específicamente, establece que “toda persona tiene derecho a invocar un deber religioso relevante o una convicción o moral sustancial como razón para negarse a cumplir una obligación jurídica” incluyendo a los funcionarios públicos.
Además, describe sobre este apartado: "Este articulado constituye un retroceso sustantivo porque revierte la excepcionalidad del instituto de la “objeción de conciencia”, pasando ésta a ser casi la regla”. En efecto el texto solo instituye como requisito que la creencia religiosa sea “sincera” presumiendo la “buena fe” del objetor por la existencia de dicha norma religiosa.
De esta manera, si este proyecto avanza puede correr peligro el matrimonio igualitario y la educación sexual. Amnistía Internacional puso ejemplos de situaciones cotidianas donde podría impactar esta norma de "libertad religiosa".
Allí relata que "un docente podría negarse a impartir una clase sobre la 'teoría de la evolución' por encontrarse en pugna con su creencia religiosa, cercenando el derechos de niños, niñas y adolescentes a la educación".
En cuanto al Matrimonio Igualitario, Amnistía afirma que "un juez de paz o un registro civil podría negarse a casar a un matrimonio entre parejas del mismo sexo basándose en principios morales o religiosos, violando el derecho a la igualdad y no discriminación de las personas".
Algunas conclusiones después de 9 años de aplicación:
La ley de matrimonio igualitario para los trabajadores, según distintos trabajos científicos, tuvo una incidencia positiva sobre sus realidades laborales en tanto que produjo cierta legitimación o naturalización de la homosexualidad como alternativa posible al modelo de la heterosexualidad hegemónica. A partir de los análisis realizados en diferentes estudios es
posible inferir que los cambios que introdujo la ley no se circunscriben específicamente a los espacios de trabajo ni parecen haber modificado sustancialmente las interacciones y relaciones sociales en el trabajo. Los testimonios, en los que se basan estos estudios, dan cuenta de significaciones sobre los cambios positivos que produjo la ley en la sociedad en un sentido más amplio que se podría llegar a utilizar para ampliar márgenes de agenciamiento y responder ante situaciones de discriminación y violencia. En esta línea, las significaciones asociadas con la ley permiten identificarla como una herramienta que supone un límite –al menos imaginado- a la hostilidad y a las agresiones explícitas contra gays y lesbianas, aunque persistan otras formas sutiles de estigmatización.
Por último, en el plano de la igualdad real o material podríamos preguntarnos ¿Cuáles son las condiciones de posibilidad para la construcción de ambientes igualitarios? ¿Basta con la mera formulación y aprobación de leyes que declamen igualdad? ¿En qué consiste el ‘cambio cultural’ para que a sociedad se permita procesos inclusivos?
Lo real es que una ley da el marco para el desarrollo de políticas públicas, en este caso inclusivas. A estas políticas para transformarlas en acción hay que asignarles presupuesto, ya que, sin recursos económicos, la implementación de las políticas públicas que se derivan de las leyes resulta dificultosa o errática, y mantienen a las poblaciones que definen como objetivo en situaciones de desigualdad.
Por otra parte, bueno es tener en cuenta algunos números que dan cuenta de la necesidad de la Ley, de la necesidad de construir una sociedad más inclusiva. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, luego de 9 años de la votación de esta ley, hubo 4.124 matrimonios entre personas del mismo sexo. Según los datos de la Dirección General de Estadística y Censos porteña, la mayoría de los matrimonios 2.703 fueron entre hombres, mientras que 1.421 fueron entre mujeres. El año con mayor cantidad de casamientos entre personas del mismo sexo (609) fue en 2011. Segundo de la lista se ubica 2018, cuando hubo 519 casamientos. En este año la proporción de casamientos de parejas homosexuales alcanzó casi el 5% del total.
La Provincia de Buenos Aires las estadísticas no son tan claras en lo que se refiere a los matrimonios entre personas del mismo sexo. Sólo hay estadísticas desde 2016 y los datos de 2018 no están completos. Estas cifras dan 474 casamientos para 2016 y 713 para 2017.
Tomando algunos datos de entidades no gubernamentales se puede establecer que hasta el 2019 fueron más de 20.000 las parejas que pasaron por el Registro Civil para dar el SI.
Fuentes:
Ley 26618
Notas de periódicos Perfil y Pagina12